Fecha Publicación:
19 Marzo 2014 Fiscalidad y residencia no domiciliada Mayte Echezarreta Ferrer, directora del OEG En el Informe de la Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español, nombrada ésta por acuerdo del Gobierno español de 5 de julio de 2013 y aprobado aquel en febrero de 2014, se incluye un anexo sobre el tratamiento fiscal de la vivienda del que forma parte un apéndice relativo al impuesto sobre la renta de los no residentes (de los que no lo son u oficialmente no están registrados como tales). En varios de sus apartados aborda el informe la figura del “residente no domiciliado”, de origen anglosajón, y las ventajas fiscales que para esas personas podrían derivarse de su condición de tales. Se llama la atención en el informe acerca de cómo otros países (de manera destacada, Portugal) están ya desplegando dicha figura “para atraer a pensionistas del centro y norte de Europa” y fomentar así el turismo residencial (p.170).
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10 Febrero 2014 Ya está en vigor el Real Decreto 81/2014, de 7 de febrero, por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.
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3 Febrero 2014 Yolanda García Calvente, investigadora-miembro del OEG La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, prevé en su Capítulo I una serie de medidas de “Facilitación de entrada y permanencia” para aquellos extranjeros, que no sean de la UE o de países asociados, que supongan interés económico para España: inversores, emprendedores, profesionales altamente cualificados, investigadores y trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas (art.61). Aunque la norma cuenta con importantes medidas de carácter fiscal (régimen especial del criterio de caja en el IVA, reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles en el IS, deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad, o incentivos fiscales por inversión de beneficios para empresas de reducida dimensión), ninguna de ellas afecta especialmente a las inversiones de los extranjeros que sirven de condición al otorgamiento del visado de residencia, siendo ésta una cuestión de evidente trascendencia económica. No olvidemos que la residencia en España determina el modo de tributación en los tributos más importantes de nuestro país.
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29 Enero 2014 Elsa M. Álvarez, investigadora-miembro del OEG La Directiva Europea de Asistencia Sanitaria Transfronteriza, 2011/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se regula el derecho de los ciudadanos europeos a la asistencia sanitaria transfronteriza, es decir, el derecho del paciente a ser atendido en otro estado miembro distinto de aquel en el que el paciente tenga su cobertura sanitaria asegurada, entró en vigor en abril de 2011. Su aplicación exige su trasposición por cada estado miembro y en España tan solo disponemos en la actualidad de un proyecto de real decreto que, según algunas fuentes, es previsible que esté publicado en las próximas semana. De ahí el interés de realizar un primer apunte sobre el mismo, siendo varias las cuestiones que resultan de interés.
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29 Enero 2014 Entre otras medias, la Comisión recomienda que, cuando las políticas de los Estados miembros limiten los derechos de voto de los ciudadanos en las elecciones nacionales debido exclusivamente a la condición de su residencia, los Estados miembros permitan a sus nacionales que hacen uso del derecho a la libre circulación y residencia en la Unión demostrar un interés constante en la vida política del Estado miembro del que son nacionales, en particular mediante la solicitud de permanecer inscritos en el censo electoral y, con ello, poder ejercer su derecho de voto.
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22 Noviembre 2013 Proyección INE de la población de España a corto plazo (2013-2023) Rafael Durán (editor del OEG)
De acuerdo con la proyección de la población de España a corto plazo calculada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y difundida con fecha 22 de noviembre de 2013 (véase Nota de Prensa), el país perdería 2,6 millones de habitantes en los próximos 10 años (incluido 2013) si se mantienen las tendencias demográficas actuales. De acuerdo con las últimas informaciones disponibles, se prevén para el año en curso unas 292 mil “inmigraciones”, un 7,1% menos que en 2012, en que a su vez disminuyeron las nuevas inscripciones en el Padrón respecto del anterior. El INE calcula para cada uno de los años de la proyección (hasta 2022, incluido) un incremento regular de 291.909 nuevos registros foráneos por año y un saldo migratorio decreciente de 2013 a 2022. De esos extranjeros que se empadronarían anualmente, tendrían 55 o más años de edad unos 30.200, que son las nuevas inscripciones que se prevén para 2013.
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7 Noviembre 2013 Real Decreto 844/2013, de 31 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social en cuanto afecta a la autorización de residencia de larga duración.
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6 Octubre 2013 El Real Decreto 702/2013, de 20 de septiembre, entró en vigor el pasado 6 de octubre de 2013 y modifica determinados aspectos de identificación de la tarjeta sanitaria individual. Esta normativa es un paso más para alcanzar la meta de epSOS, que es el intercambio transfronterizo de datos de salud.
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28 Septiembre 2013 Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización Mayte Echezarreta Ferrer, directora del OEG El 30 de septiembre entró en vigor la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que flexibiliza los requisitos de extranjería a los inversores extranjeros.
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27 Julio 2013 Requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud: RD 576/2013 Mayte Echezarreta Ferrer, directora del OEG El próximo 1 de septiembre entra en vigor el Real Decreto 576/2013, de 26 de julio, por el que se establecen los requisitos básicos del convenio especial de prestación de asistencia sanitaria a personas que no tengan la condición de aseguradas ni de beneficiarias del Sistema Nacional de Salud. Se modifica el Real Decreto 1192/2012, de 3 de agosto, por el que se regula la condición de asegurado y de beneficiario a efectos de la asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud.
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