Los jubilados extranjeros y la sanidad: Una oportunidad para todos si se sabe gobernar

Fecha Publicación: 
9 Junio 2012

Sur | Artículo de Opinión (M. Echezarreta, Directora del OEG)

La sanidad transfronteriza debe ser una cosa y el turismo sanitario otra, y a ninguna se debe satanizar, pero sí gobernar. La primera está ligada a la circulación de turistas, trabajadores, profesionales, estudiantes o jubilados; la segunda es una oportunidad para el mercado de la salud que algunos están sabiendo aprovechar.

No se puede permitir la residencia en España de personas sin control sanitario, no sólo por los dictados de la ética sino por los peligros para el resto de la población sana, además de por el alto coste que supone la enfermedad no tratada. Ahora bien, además de con solidaridad, la sanidad debe ser un servicio que, como todos, debe prestarse con control, conciencia de servicio público y de forma cooperativa con los países de afiliación y con las entidades aseguradoras.

En el caso de los jubilados comunitarios, objeto de investigación del Observatorio Europeo de Gerontomigraciones (OEG), la calidad y el precio de la sanidad española ganan con amplia ventaja respecto a los Estados emisores, pero lo que les supone una oportunidad para ellos no debe convertirse en un enriquecimiento injusto. España debe seguir negociando con inteligencia esa circunstancia como lo ha hecho hasta ahora con la Directiva 2011/24, de asistencia sanitaria transfronteriza. Debe hacer cuentas globales que no olviden los ingresos por impuestos, venta de viviendas y consumo de bienes y servicios de estos colectivos, y debe seguir ofertando servicios sanitarios de calidad como hasta ahora, pero, importante,  reforzando y consiguiendo garantizar el reembolso. Ello permitiría optimizar el destino España como estrategia competitiva, satisfacer las expectativas de los particulares sin menoscabo de sus Estados de afiliación que encontrarían una oportunidad,  y fomentar la libertad de circulación de personas a la que nos insta imperativamente la UE.

Para ello habría que acelerar la transposición de la Directiva mencionada con plazo hasta octubre de 2013, pues exime a España del pago de los servicios sanitarios que reciban los jubilados de la UE que residen aquí durante el tiempo que pasen en sus países de origen y repensar el pago por cuotas globales, previsto para residentes permanentes y no para una población errante como ésta. Para todo ello, la UE debe impulsar la apertura de los registros públicos de la Seguridad Social de cada Estado, como lo está haciendo con los registros civiles y de la propiedad. Aplicaciones informáticas ágiles podrían permitir el libre acceso desde cada dispositivo sanitario a la información de la cobertura de cada afiliado y al trámite para el cobro en su caso. Así, cada jubilado, podría ir a urgencias o al especialista independientemente de su condición de turista o residente (situaciones de difícil acreditación, propensas al fraude y burocráticamente insostenibles). En la aplicación informática se informaría de la cobertura sanitaria del pensionista, se gestionaría la autorización del pago cuando fuera necesario, se registraría el servicio, el reconocimiento de la deuda y el pago en su caso. Si no estuviera afiliado o si, estándolo, el Estado de su afiliación no autorizara el pago o el servicio no estuviera cubierto por la garantía, España cobraría el acto sanitario y el paciente repercutiría el gasto en su seguro privado si lo tuviera. En cuanto al no afiliado, sin recursos económicos acreditados por el Estado de procedencia, hay que atenderlo por su condición de enfermo, por su edad avanzada y por ser socio comunitario, sin perjuicio de activar simultáneamente los mecanismos jurídicos de compensación con cargo a los familiares obligados a prestar socorro previstos en el Reglamento 4/2009 regulador del derecho de alimentos en las relaciones transfronterizas.

Además, se deberían impulsar en la UE formularios comunes de atención, cartillas de salud personal, un expediente médico europeo y la generalización del nombre de la molécula en las recetas en vez del nombre comercial, como propuso el Comité de las Regiones en 2009. Finalmente, se debería estudiar la posibilidad de invertir el procedimiento de empadronamiento, para hacerlo depender del uso de los servicios públicos y de la regularidad en la compensación de los gastos, no al contrario; de tal forma que un número de prestaciones con cargo a las arcas públicas o su inexistencia durante un período de tiempo conllevase  el alta o la baja automática del padrón municipal para convertirlo en reflejo algo más fiel de la población residente -permanente o errante-, y no una mera fantasía como es ahora. Contribuiría además a dar mayor visibilidad a quienes por desconocimiento, barreras emocionales o lingüísticas, incomprensión del sistema o intención de permanecer en el anonimato por temores fiscales o judiciales, son invisibles para la administración municipal, como demuestran nuestros estudios.

Lo que nunca se debe olvidar es que al enfermo se le debe asistencia, como todos los gobiernos implicados  deben gestión responsable, que pasa por un escrupuloso control de los recursos disponibles y del gasto, y por una eficaz y ágil colaboración entre todas las administraciones implicadas exigida además en la Directiva mencionada.

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