Orden por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España

Fecha Publicación: 
9 Julio 2012

Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la aplicación del artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

 
Nota: La disposición final quinta del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, dio nueva redacción al art. 7 Real Decreto 240/2007, en el que se regula la residencia por un período superior a tres meses de ciudadanos de Estados miembros de la UE y del EEE (recuérdese que, de acuerdo con la DA 3ª, se incluye igualmente a los ciudadanos suizos y a los miembros de sus familias). Esta disposición desarrolla ahora las previsiones contenidas en el mencionado precepto, y que se corresponden con las establecidas en el art. 7 de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros por la que se modifica el Reglamento (CEE) n° 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE.
 
Disposición transitoria única.
La presente Orden se aplicará a las solicitudes presentadas a partir del 24 de abril de 2012.(...) Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
 
BOE de 10.7.2012