Europa escucha la opinión sobre la reagrupación familiar

Fecha Publicación: 
17 Noviembre 2011

La Comisión Europea ha abierto una consulta pública para conocer la opinión de los actores implicados sobre las posibles modificaciones de la directiva europea sobre reagrupación familiar de los inmigrantes extracomunitarios. A partir de los planteamientos que recabe hasta el 1 de marzo de 2012, Europa planteará su posición. 

Red Inmigrante | Noticia

La Comisión Europea ha abierto una consulta pública para conocer la opinión de los actores implicados sobre las posibles modificaciones de la directiva europea sobre reagrupación familiar de los inmigrantes extracomunitarios. A partir de los planteamientos que recabe hasta el 1 de marzo de 2012, Europa planteará su posición.

Las partes implicadas, así como cualquier otro ciudadano, podrán realizar sus propuestas y observaciones en la web www.ec.europa.eu/yourvoice.

Algunos sectores interpretan esta iniciativa como un primer movimiento hacie el endurecimiento de los requisitos y condiciones para la reagrupación familiar de inmigrantes extracomunitarios, bajo el argumento de combatir los matrimonios de conveniencia y otras prácticas fraudulentas.

Desde 2003, Bruselas disponde de normas comunes para todos los Estados miembros en las que se establecen las condiciones en las que los familiares de un inmigrante que reside legalmente puedan ser autorizados para entrar y permanecer en territorio comunitario.

Aunque algunos estados, como los Países Bajos, han pedido mayores restricciones para evitar abusos y mejorar la gestión de los flujos migratorios, las críticas a este sistema también provienen de algunas organizaciones que trabajan con inmigrantes y que denuncian que no existe el suficiente nivel de armonización de la legislación común en los países.

La directiva vigente señala que los familiares de un inmigrante extracomunitario que resida legalmente en la UE tienen derecho a entrar y residir en los países de la Unión Europea si el reagrupante ha residido durante un período 'superior o igual a un año', con 'perspectivas razonables de obtener el derecho de residencia permanente'.

Sin embargo, señala que los Estados miembros podrán establcer requisitos adicionales, como disponer de recursos suficientes, de un alojamiento adecuado, de seguro de salud y el cumplimiento de las 'medidas de integración' que considere pertinentes.

En España, el vigente Reglamento de Extranjería deja en manos de las comunidades autónomas la elaboración de los informes de integración de los inmigrantes, así como los relacionados con la adecuación de la vivienda para acoger a los familiares que desea reagrupar.

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